domingo, 17 de abril de 2011

VICE PRESIDENTE DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO SOCIAL DEMOCRATA DE REPUBLICA DOMINICANA HABLA DE LEY INEMBARGABILIDAD

El vicepresidente del Partido Revolucionario Social Demócrata (PRSD), Jaime Fernández Lazala, aseguró que la Ley sobre inembargabilidad de los fondos públicos es inconstitucional, porque la misma no puede otorgarle el privilegio al Estado dominicano y sus dependencias de ignorar sus deudas y obligaciones frente a terceras personas. A juicio del abogado y dirigente del partido del toro, esta Ley viola el principio de igualdad de todos ante la justicia dominicana y aclara que el país condena todo privilegio y situación que tienda a quebrantarla, advirtiendo que no deben existir otras diferencias que las que resulten de sus talentos o de sus virtudes.

Consideró además, que sólo los bienes del patrimonio cultural de la nación, cuya propiedad sea estatal o hayan sido adquiridos por el Estado, son inalienables e inembargables y dicha titularidad, imprescriptible. Añadió además que los bienes patrimoniales en manos privadas y los del patrimonio cultural subacuático, serán igualmente protegidos ante la exportación ilícita y el expolio y la Ley regulará la adquisición de los mismos.

Según el dirigente político, en su tercer considerando, la Ley promulgada por el Poder Ejecutivo indica en forma falsa, que “uno de los principios esenciales de nuestro derecho público, lo constituye lo relativo a la inembargabilidad de los fondos públicos y de los bienes que forman parte del dominio público nacional y municipal.

“El presidente Fernández, amparado en el ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 128 de la Constitución y tras promulgar la Ley, dispuso que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento, pero hay que admitir que el artículo 39 de la Constitución de la República, refuerza más el criterio de que esta ley es inconstitucional, cuando dice que todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las instituciones, autoridades y demás personas y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación…, sustenta el abogado y político.

El vicepresidente del PRSD, exhorta a que los actuales legisladores, tomen cursos intensivos de creación y formación de las leyes para su posterior aprobación.

Recordemos que el Poder Ejecutivo promulgó la Ley sobre disponibilidad de fondos públicos que regula el uso continuo de los recursos asignados a los órganos y entidades del Estado en el Presupuesto Nacional y Ley General de Ingresos y Gastos Públicos.

El presidente de la República, doctor Leonel Fernández, promulgó la Ley número 86-11, sancionada anteriormente por las cámaras legislativas, la cual establece que los fondos públicos depositados en entidades de intermediación financiera o asignados en subcuentas especiales de la Tesorería Nacional en provecho de los órganos del Estado, el Distrito Nacional, los municipios, los distritos municipales y los organismos autónomos y descentralizados no financieros, así como las sumas que les adeuden personas físicas o morales por concepto de tributos o cualquier otra causa, no podrán ser retenidos como consecuencia de embargo retentivo u oposición de cualquier naturaleza.